Información Pública de Oficio
Capitulo II de las obligaciones de transparencia
Artículo 67.
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I
El marco normativo aplicable al Sujeto Obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; Ver más
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II
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables; Ver más
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III
Facultades de cada área Ver más
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IV
Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos; Ver más
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V
Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer; Ver más
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VI
Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; Ver más
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VII
El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales; Ver más
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VIII
La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; Ver más
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IX
Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente; Ver más
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X
El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; Ver más
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XI
Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación; Ver más
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XII
La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable; Ver más
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XIII
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información; Ver más
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XIV
Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos; Ver más
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XVI
Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos; Ver más
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XVII
La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del Sujeto Obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto; Ver más
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XVIII
El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición; Ver más
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XIX
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos; Ver más
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XX
Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen; Ver más
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XXI
La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable; Ver más
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XXII
La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable; Ver más
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XXIII
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña; Ver más
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XXIV
Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan; Ver más
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XXV
El resultado de la dictaminación de los estados financieros; Ver más
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XXVII
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos; Ver más
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XXVIII
La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados; Ver más
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XXIX
Los informes que por disposición legal generen los Sujetos Obligados; Ver más
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XXX
Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible; Ver más
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XXXI
Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero; Ver más
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XXXII
Padrón de proveedores y contratistas; Ver más
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XXXIII
Los convenios de coordinación y de concertación con los sectores social y privado; Ver más
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XXXIV
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; Ver más
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XXXV
Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los Derechos Humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención; Ver más
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XXXVI
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio; Ver más
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XXXIX
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los Sujetos Obligados; Ver más
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XLII
Listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben; Ver más
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XLIII
Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos; Ver más
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XLIV
Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie; Ver más
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XLV
El catálogo de disposición y guía de archivo documental; Ver más
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XLVI
Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos; Ver más
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XLVIII
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público. Ver más
Artículo 73.
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El Tribunal Electoral del Estado, además, de lo señalado en el artículo 67 de esta ley, deberá transparentar sus sentencias definitivas.
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